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Nacionalidad española. Cuestiones prácticas. Excepciones examen CCSE y DELE. Salida del país con nacionalidad.

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Nacionalidad española. Cuestiones prácticas. Excepciones examen CCSE y DELE. Salida del país con nacionalidad.

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Si bien hasta el 30 de junio de 2017 habrá un régimen transitorio que permitirá que todas aquellas personas que soliciten la Nacionalidad española podrán hacerlo en cualquier registro civil (con o sin las citas que tenían programadas), en la actualidad algunos registros no lo están aplicando, por tanto, es recomendable solicitar la nacionalidad española de forma telemática mediante su debida aplicación, que está dando muy buenos resultados, pues una vez presentado incluso ya se tiene la constancia de dicha solicitud con el número de expediente correspondiente.

Con el número de expediente ya podemos averiguar cómo va ese expediente, por tanto, le sugerimos desde nuestro despacho, que una vez efectuado el examen de conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) -obligatoria para los ciudadanos de cualquier nacionalidad-, efectuemos dicha solicitud por esta vía que es más práctica y efectiva.

Pago de Tasas obligatorias:

Recuerden que todas las solicitud de nacionalidad que se presenten desde el 15 de octubre se acogen a la nueva Normativa, incluyendo el pago de la tasa de 102 euros (esta tasa podría cambiar en función de los ingresos de los solicitantes), 85€ el examen de CCSE y 124€ el examen DELE de idiomas para aquellos solicitantes que no sean hispano parlantes con sus excepciones.

Excepción para no efectuar el examen CCSE y DELE:

Con la entrada en vigor, el 12 de octubre de 2016, de la Orden del Ministerio de Justicia (Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia), se contemplan una serie de supuestos en los que se exime de la realización de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes, lo cual debe ser aprobado por el Ministerio de Justicia, quien es el órgano que debe dar una “dispensa”.

La dispensa de las pruebas DELE y CCSE se otorgan en tres casos:

– Personas que no sepan leer ni escribir.

– Personas con dificultades de aprendizaje.

– Solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria.

Procedimiento para la dispensa:

En todos estos casos, las solicitudes de dispensa de las pruebas se deberán remitir al MINISTERIO DE JUSTICIA, quien decidirá a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas.

Las personas que crean que se encuentran en una de las anteriores situaciones deberán dirigirse al Ministerio de Justicia para tramitar la solicitud de dispensa adjuntando la oportuna documentación acreditativa en su expediente de solicitud de nacionalidad española.

Todos aquellos candidatos que ya se hayan inscrito en los exámenes CCSE y/o DELE A2, pueden solicitar el desistimiento de las pruebas, si se encuentran en plazo para hacerlo, aunque dicho desistimiento no implica la confirmación de la exención por parte del Instituto Cervantes.

Por otra parte, la misma Orden Ministerial establece el procedimiento para que los interesados que estén en posesión de un certificado de nivel básico (A2), intermedio (B1) o avanzado (B2) de las Escuelas Oficiales de Idiomas, así como los que se detallan en el artículo 10.3, puedan acreditarlo en su expediente de solicitud de nacionalidad.

En este sentido, la Orden Ministerial establece que los candidatos que estén en posesión de estos títulos deberán autorizar al Ministerio de Justicia para que compruebe su existencia en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Cuestiones práctica del examen Instituto Cervantes (CCSE):

En nuestro despacho le podemos facilitar el Manual de estudio con 300 preguntas de las cuales se escogerán 25 a aprobar 15.

El Instituto Cervantes está ampliando de forma considerable la red de centros acreditados para los exámenes de lengua castellana y de cultura.

El examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España – se dividen en tres grandes temarios o contenidos: Gobierno, ley y participación ciudadana en España (60% de las preguntas) y Cultura, historia y sociedad (40% de las preguntas).

El examen tendrá veinticinco preguntas de respuesta cerrada. No obstante, algunas preguntas serán de “Verdadero” o “Falso” y otras con la opción de tres respuestas aunque solo una respuesta será la correcta.

Las pruebas de a CCSE se realizarán el último jueves de cada mes (excepto agosto y diciembre, que no habrá convocatoria), en el horario que establezca el Instituto Cervantes.

En la actualidad existe la opción de dos horarios, a las 18 h o a las 20 horas.

La inscripción en la prueba da derecho a presentarse hasta un máximo de dos ocasiones, sin coste adicional, solo en el caso de que un candidato no supere la prueba en el primer intento, o en el caso de que un candidato no se haya presentado en la primera convocatoria.

En este caso, el candidato debe presentarse a la segunda convocatoria en el mismo centro de examen que haya realizado la primera y en un plazo máximo de 18 meses desde la inscripción.

No hay ningún límite en cuanto al número de veces que puede inscribirse un candidato o al plazo en el que puede realizar varias inscripciones.

El examen CCSE se podrá realizar en los centros de examen reconocidos por el Instituto Cervantes para realizarla.

Sistema de calificación del examen y resultados:

A continuación se presentan las principales características del sistema de calificación CCSE:

La prueba CCSE contiene 25 preguntas de una sola respuesta correcta, por lo que se califica de forma automática.

Las respuestas correctas reciben 1 punto; las incorrectas, 0 puntos y no se penalizan.

La puntuación máxima que se puede obtener en la prueba CCSE es igual al número de ítems que contiene (es decir, 25).

Para superar la prueba es necesario responder correctamente a 15 de las 25 preguntas, lo que significa que el candidato, para resultar apto en la prueba, debe responder correctamente al 60 % de las mismas, el mismo criterio del Sistema de Evaluación y Certificación de los Diplomas de español DELE.

Los candidatos reciben una calificación final de APTO o NO APTO.

Los resultados de la prueba se comunicarán unos 20 días después de su realización, una vez que la Dirección Académica del Instituto Cervantes apruebe las actas de calificación.

Los candidatos podrán consultar sus resultados de forma electrónica en su espacio privado, que se habilitará en el sitio web de http://ccse.cervantes.es/ , si tiene cualquier problema o no sabe utilizarlo, venga a nuestro despacho que le veremos el resultado.

En este espacio se podrá descargar la certificación electrónica de calificaciones (la certificación contará con un Código Seguro de Verificación que permitirá contrastar la autenticidad de la copia en papel).

El documento electrónico tiene valor certificativo para el proceso de concesión o adquisición de la nacionalidad española, según proceda, y tiene una vigencia de cuatro años.

La superación de la prueba CCSE acredita el conocimiento de la Constitución española y de la realidad social y cultural españolas, lo que es un requisito indispensable para la concesión de la nacionalidad española exigido en la ley.

La vigencia del certificado de haber superado la prueba será de 4 años.

Se debe hacer notar que un candidato NO APTO o NO PRESENTADO en un primer intento tiene derecho a realizar una segunda inscripción en la prueba sin que deba abonar de nuevo el precio de inscripción, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Instituto Cervantes.

Países exentos de hacer examen DELE:

Los solicitantes nacionales de países o territorios en el que el español sea el idioma oficial estarán exentos de la prueba de conocimiento básico de la lengua española, nivel A2 o superior.

Salida del país mientras tramito la nacionalidad española:

Es caso de que ya esté tramitando su nacionalidad española tiene tener en cuenta que algunas circunstancias pueden afectarte en el procedimiento.

El hecho de salir de España durante muchos meses o años, así tenga su tarjeta de residencia en vigor, debe tener en cuenta que para que le otorguen una resolución favorable y así pueda obtener la nacionalidad española, la residencia debe ser estable y continuada antes y durante todo el proceso.

Cualquier salida prolongada fuera de España podría considerarse como motivo para denegar la nacionalidad.

Desde nuestro despacho de abogados en Madrid centro, especialista en extranjería, laboral, penal, familia y civil, le sugerimos no realizar salidas de más de 3 meses fuera de España cuando se está tramitando su nacionalidad española.

De hecho existen unos plazos que debe cumplir el residente en caso de salida del país para no perder su residencia, como son en una tarjeta temporal o comunitaria el tiempo permitido es hasta 6 meses fuera, en una de residencia larga duración puede estar hasta un año o dos años en caso de tarjeta permanente, pero no debe excederse en ningún caso, máxime si está en un procedimiento de obtención de nacionalidad española.

TELÉFONO CITA DESPACHO:91-5482289

“Brindamos Confianza, Cercanía y Calidad”.

6 Comentarios

  • sagar lamichhane
    Responder 20 diciembre, 2019 at 10:19 am

    hola buenas dias

  • Esther Torres
    Responder 22 febrero, 2021 at 1:55 pm

    Buen Dia, si tengo mas de 15 años viviendo aqui en España , tengo mi tarjeta de residencia.
    tengo 33 años. y no tengo ningun impedimento ni fisico ni mental.
    Por favor quiero que me aclare si por tener 15 años viviendo aqui en España, estoy exenta de presentar el examen CCSE , para realizar los tramites para obtener la Nacionalidad Española.
    En espera de su respuesta.
    Gracias

  • Zoé
    Responder 12 diciembre, 2023 at 11:01 am

    Buenos días, ¿si realicé un máster oficial presencial en una universidad española, también debo rendir el CCSE o quedo dispensado?
    Gracias

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